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Web De La Santa Sede Coloca Guía De Procedimientos Para Denunciar Abusos Sexuales

16 abril 2010

CIUDAD DEL VATICANO – Una guía para comprender los procedimientos básicos de la Congregación para la Doctrina de la Fe, ante casos de denuncias por abusos sexuales, fue colocada desde ayer en la web de la Santa Sede, según el sitio http://www.zenit.org, que alude a una información difundida por Radio Vaticano.

Se explica que esta iniciativa "no es un nuevo documento, sino un resumen de los procedimientos operativos ya definidos, que puede ser de ayuda para laicos y no canonistas" a la hora de comprender la actuación de la Congregación," en tanto los procedimientos se remiten"al Motu Proprio Sacramentorum sanctitatis tutela (MP SST) del 30 de abril de 2001 y al Código de Derecho Canónico de 1983.

Dicho procedimiento, que entró en vigor en el 2001, según la emisora pontificia, comienza cuando una diócesis indaga sobre la sospecha de abusos sexuales por parte de algún religioso y si la sospecha resulta verosímil, entonces el caso se traslada a la Congregación.

Se expresa que el obispo local transmite la información necesaria a ese organismo y da su opinión entorno a procedimientos y medidas a adoptar, tomándose en cuenta las disposiciones del derecho civil de cada país, a tono con la denuncia de esos crímenes.

Luego la Congregación examinará el caso y pedirá, si así requiere, información adicional, además de que está facultada para autorizar al obispo local a instruir un proceso penal-administrativo. Mientras que el sacerdote, para apelar las sentencias emitidas por un tribunal eclesiástico, deberá hacerlo ante la Congregación, cuya sentencia será inapelable.

Dice ZENIT que ambos procedimientos, el judicial y el administrativo, pueden comportar un cierto número de penas canónicas que incluyen la dimisión del estado clerical y que, en casos de especial gravedad como abusos de menores, el organismo citado puede llevar el caso directamente el Papa, pidiéndole que emita un decreto de dimisión. De igual modo se presentará al pontífice aquellos casos de sacerdotes que, conscientes de sus crímenes, soliciten ser dispensados.

El manual expone que si el sacerdote acusado ha admitido sus crímenes y ha aceptado llevar una vida de oración y de penitencia, la Congregación autorizará al obispo a formular un decreto que prohíba o limite su ministerio público, y que, en caso de que este sea violado, cabe la posibilidad de dimisión de su estado clerical.

Agencia Latinoamericana y Caribeña de Comunicación

 

 


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Last Updated April 17, 2010